Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales, incluidos los climáticos

Por Samuel Mantilla – SARAS. Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales, incluidos los climáticos
En relación con el Sistema de Administración de Riesgos Ambientales y Sociales (SARAS), el 03 de octubre de 2025 la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó la circular externa 0015 de 2025 dirigida a miembros de juntas directivas, representantes legales y revisores fiscales de sus entidades vigiladas, mediante la cual imparte instrucciones para la gestión de los riesgos ambientales y sociales, incluido el climático, en sus entidades vigiladas.
La circular como tal consta de cuatro (4) páginas y está acompañada por:
- El nuevo capítulo XXXIII de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) titulado “Gestión de riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos”.
- El Anexo 1, que contiene los “Indicadores de referencia para la medición de los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos”.
Esta circular también modifica algunas partes del Sistema de Control Interno contenido en el capítulo IV del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, en lo referente a: (1) Políticas de gestión de riesgos; y (2) Gestión de riesgos.
Deberá ser implementada en un plazo no mayor a 18 meses contados a partir de la fecha de publicación de esta circular, pero dentro de estos 18 meses cada entidad vigilada deberá remitir a la SFC a más tardar dentro de seis (6) meses un plan de implementación de las instrucciones contenidas en esta circular.
Tiene aplicación anticipada permitida.
Los reportes derivados de esta circular deberán estar documentados y puestos a disposición de la SFC. No dice si se acoge un enfoque de cumplimiento o uno de presentación razonable, así que, si bien hace parte de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), no está clara su relación con la información contenida en los estados financieros.
Se amplía el sistema de gestión de riesgos
La gestión de riesgos de las entidades vigiladas por la SFC es un proceso ‘dinámico y permanente’. Hace parte del Sistema de Control Interno. Incluye:
- SARLAFT: Sistema de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo
- SIAR: Sistema integral de administración de riesgos
- SARE: Sistema integral de administración de riesgos de las entidades exceptuadas del SIAR
- SARAS: Sistema de Administración de Riesgos Ambientales
La Circular se refiere a los temas ambientales y sociales pero, aunque el título lo mencione, no aparecen referencias sobre los riesgos sociales.
Muy seguramente pronto recibirá la adición de un nuevo elemento relacionado con los riesgos de lavado de activos con inteligencia artificial, habida cuenta las recientes herramientas que la SFC está incorporando para la supervisión de ello.
Referente técnico propio
De alguna manera la circular en mención acoge el enfoque de ESG/ASG en lo relacionado con los riesgos ambientales y sociales, y como parte de la “Estrategia de finanzas verdes y cambio climático” le adiciona lo relacionado con el cambio climático con el objetivo de:
- Fortalecer las capacidades para la identificación y medición de los riesgos asociados al cambio climático;
- Promover la integración de los asuntos climáticos en la gestión de riesgos y en el aprovechamiento de oportunidades relacionadas con el clima; y
- Complementar la supervisión basada en riesgos.
Para esto la SFC ha contado con asistencia técnica del Banco Mundial.
Debe resaltarse, entonces, que no está en línea con los Estándares IFRS/NIIF de Sostenibilidad S1 y S2, ni tampoco con los ESRS europeos. No significa implementación directa de los estándares de GRI o de SASB, que tienen estándares específicos según la industria.
Tal vez ello explique el enfoque del Anexo 1: indicadores de referencia:
“El presente anexo establece los indicadores de referencia que voluntariamente pueden utilizar las entidades vigiladas para la medición de los riesgos ambientales y sociales, en los términos del numeral 1.5.2. del Capítulo XXXIII de la CBCF. Los indicadores propuestos tienen carácter voluntario y su aplicación debe estar alineada con las políticas internas y la estrategia de negocio de cada entidad. Por lo anterior, las entidades podrán contar con otras métricas de gestión de riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el numeral 1.5.2. del Capítulo XXXIII de la CBCF, así como con las fuentes de información que consideren pertinentes”.
Son indicadores de referencia de carácter voluntario. Ello quiere decir que las entidades vigiladas podrán adoptar enfoques diferentes (S1 y S2 o ESRS, por ejemplo; o GRI o SASB). La clave estará en las métricas que se seleccionen. La asistencia técnica del Banco Mundial tiene la ventaja de dar estas libertades.
Se nota la ausencia del liderazgo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en estas cosas porque los enfoques propios en relación con la sostenibilidad no ayudan a la integración con la información contenida en los estados financieros basados en los Estándares IFRS/NIIF de Contabilidad. Claro que como en Colombia tenemos NIIF ‘a la colombiana’ … Y con cada superintendencia y autoridad jurisdiccional labrando caminos propios …
En todo caso, bienvenida esta circular porque permite que se avance en estas cosas.
