[SAMUEL MANTILLA] Parece que cuando se quiere se puede, pero cuando no se quiere no se puede. Así describo el proceso de puesta al día [catch up] del IFRS/NIIF 19 en relación con la simplificación o alineación del IFRS/NIIF para Pymes. El primero, rápido y concreto. El segundo, lento y complicado.
La noticia más reciente es que el pasado 21 de agosto de 2025 IASB emitió las enmiendas al IFRS/NIIF 19 para finalizar el trabajo de puesta al día. La actualización tiene dos resultados concretos:
Por una parte, el IFRS/NIIF 19 refleja ahora los cambios a los Estándares IFRS de Contabilidad que entren en vigor, esto es, sean efectivos/vigentes, el 1 de enero de 2027 cuando el IFRS/NIIF 19 será aplicable. Recuérdese que esta es la misma fecha en que el IFRS/NIIF para Pymes 3ª. edición entrará en vigor.
Por otra parte, en el futuro, el IFRS/NIIF 19 será enmendado al mismo tiempo en que IASB emita o revise otros Estándares IFRS de Contabilidad. Recuérdese que el IFRS/NIIF para Pymes está sometido a un proceso diferente: inicialmente usaron un enfoque de simplificación (para la 2ª. edición) y luego uno de alineación (para la 3ª. edición). Quién sabe qué enfoque escojan para la 4ª. edición.
