Del poder para controlar decisiones al poder como intersección

Por Samuel Mantilla – Participación patrimonial a valor razonable. Del poder para controlar decisiones al poder como intersección
La continua intersección entre la primacía fiscal y la inteligencia artificial (IA) desafía el concepto de control entendido como poder para la toma de decisiones (principalmente de inversión, pero también otro tipo de decisiones). El poder es entendido ahora como la intersección más evidente entre la primacía fiscal y la inteligencia artificial.
Para la contabilidad, su principal consecuencia está en la implementación de la consolidación horizontal (participación patrimonial a valor razonable), a diferencia de la tradicional consolidación vertical (basada en la relación matriz-subsidiaria). Un impacto más de la inteligencia artificial y la economía digital en la contabilidad.
En una nota que Citrini Research publicó el 26 de abril de 2026 recordó que el poder constituye la ‘intersección más evidente’ entre nuestros dos temas principales de la década: la primacía fiscal y la inteligencia artificial. Resaltó que este entendimiento no es nuevo y se abrogó el mérito de que ‘desde hace tiempo’ hemos hablado de ello:
“La primacía fiscal es nuestra postura central: las prioridades y el gasto público impulsan cada vez más el rendimiento de las acciones y la atracción de capital. La IA, por supuesto, no necesita explicación.”
Este entendimiento del poder (en un contexto de IA) contrasta bastante con el de control (en un contexto de los IFRS y de los US GAAP). Corresponde a dos sistemas diferentes de consolidación: vertical y horizontal.
Consolidación vertical
La consolidación vertical, tal y como la entienden los IFRS (y los US GAAP), es cuando existe relación matriz-subsidiaria [Cfr. IFRS 10 Estados financieros consolidados]. La definición básica es que el control es entendido como el poder para influir en la toma de decisiones:
“Un inversor controla a una entidad donde invierte cuando tiene poder sobre ella, exposición o derechos a rendimientos variables derivados de su participación en la entidad donde invierte y la capacidad de usar su poder sobre la entidad donde invierte para afectar la cantidad de los retornos”.
Si bien los procedimientos de consolidación vertical son relativamente sencillos, el problema central radica en la valoración de tal poder:
- El principio básico señala que los saldos, transacciones, ingresos y gastos al-interior-del-grupo son eliminados.
- Todas las entidades del grupo usan las mismas políticas de contabilidad y, si es practicable, la misma fecha de presentación de reporte.
- Los intereses no-controlantes (INC) son reportados en patrimonio separados del patrimonio de los propietarios de la matriz.
- El total de los ingresos comprensivos es asignado entre el INC y los propietarios de la matriz incluso si esto resulta en que el INC tenga un saldo déficit.
La contabilidad según los Estándares IFRS de Contabilidad es, principalmente, una contabilidad de consolidación (priman los estados financieros consolidados): la información que se reporta es la del grupo (matriz-subsidiarias). Desde las perspectivas fiscales y regulatorias esto genera bastantes dificultades porque tales perspectivas han preferido los estados financieros independientes (individuales). Los reportes financieros del grupo no siempre son admitidos porque se necesita reconocimiento legal previo del grupo como tal, un asunto bastante complicado cuando se trata de entidades multinacionales.
Adicionalmente, en la consolidación vertical existen situaciones particulares, donde el control puede ser conjunto, tratándose ya sea de acuerdos conjuntos, negocios conjuntos u operaciones conjuntas. La distinción entre éstos requiere valoración de la estructura del acuerdo conjunto, la forma legal de cualquier vehículo separado, los términos del acuerdo contractual y cualesquiera otros hechos y circunstancias relevantes [Cfr. IFRS 11 Acuerdos conjuntos]. La contabilidad se realiza según el método de participación patrimonial (equity method) según el IAS 28 Inversiones en asociadas y negocios conjuntos, existiendo algunas excepciones que requieren su contabilización según el IFRS 9 Instrumentos financieros.
Otras situaciones particulares se dan con la existencia de las entidades de inversión (la inversión se mide a valor razonable a través de utilidad o pérdida de acuerdo con el IFRS 9 Instrumentos Financieros, y los cambios en el interés de la propiedad.
El Equity Method of Accounting[Método de contabilidad patrimonial, o método de participación patrimonial] tiene mucha acogida en los entornos fiscales y regulatorios dado que facilita muchas cosas, pero tiene muchos problemas que no son sencillos de resolver, p. ej., diferencias de cambio, valoración de la influencia importante.
Tales problemas han sido resumidos por Hughes y le permiten concluir:
“Técnicamente es considerado un mecanismo engorroso y anticuado, especialmente dado que el uso de la medición del valor razonable está ahora bien establecido (sea que nos guste o no). Pero, ¿IASB se atreverá alguna vez a dar ese paso tan obvio? Bueno, ¡por ahora están haciendo exactamente lo opuesto!”
IASB tiene activo un proyecto cuyo alcance ha ido reduciendo porque considera ‘se necesitan más tiempo y recursos que los actualmente disponibles’: se espera que en junio 2026 decida la dirección del mismo y realice algunas enmiendas menores al IAS 28.
Tal y como ocurre con otros temas, p.ej., intangibles, activos digitales, activos fijos flexibles, depreciación como inversión de capital, parece que IASB llegó a su capacidad máxima y no avanza en soluciones de fondo que le permitan a los Estándares IFRS de Contabilidad retomar el liderazgo y aportar las soluciones que el mundo del presente, y del futuro inmediato, necesita.
Consolidación horizontal
La consolidación horizontal es la que, en la práctica, está siendo usada por las plataformas digitales y los centros de datos, con el respaldo de acuerdos contractuales plenamente legales que se realizan ‘entre entidades semejantes’, algunas de ellas relacionadas entre sí, donde el objetivo de las inversiones no es necesariamente obtener rendimientos (éstos se obtienen vía los aprovechamientos de los recursos de la red y la generación de ingresos ordinarios entre ellos), sino generar lazos de negociación.
La contabilización de estos procesos sería según el método de contabilidad patrimonial, pero como éste requiere contabilización ‘al costo’ (histórico), se le hace una variación muy importante: a valor razonable, con los cambios en el valor razonable llevados a utilidades y pérdidas.
De acuerdo con mi entender, este es el problema principal que IASB no ha querido enfrentar y por eso su proyecto de contabilidad patrimonial no avanza. Quiere mantener el sistema antiguo (basado en la consolidación vertical) y no ha entendido (¿o no ha aceptado?) la consolidación horizontal.
Aquí es donde el poder como intersección adquiere relevancia y ayuda a resolver problemas fiscales y de IA: la clave no está en el control de las decisiones sino en la intersección, esto es, las relaciones (de negocios) que se dan al interior de las plataformas y de éstas con sus clientes, proveedores y acreedores.
Esto conlleva un cambio fundamental en la teoría contable y, por consiguiente en la estructura conceptual para la presentación de reportes financieros de IASB y de FASB. Una vez más, la práctica contable (gestionada por las entidades) reta la teoría contable.
Permite que las perspectivas contable, fiscal, regulatoria y técnica (digital) puedan interceptarse de manera eficiente en función de los objetivos de cada una. Implica, claro está, entender qué son y cómo funcionan las plataformas: ¡El reconocimiento de la plataforma como entidad que reporta!
Estas cosas avanzan de manera extremadamente acelerada. Ojalá quienes controlan las decisiones normativas, estandarizadoras y regulatorias avanzaran con velocidades semejantes.
