Más sobre la clasificación de las diferencias de cambio

[JOHN HUGHES] El IFRIC recientemente discutió un patrón de hechos que involucra una entidad que participa en un préstamo con su subsidiaria.

En el patrón de hechos, la entidad y su subsidiaria tienen diferentes monedas funcionales; el préstamo intragrupo está denominado en la moneda funcional de ya sea la entidad y su subsidiaria; no hace parte de la inversión neta de la entidad en la subsidiaria.

La entidad o la subsidiaria aplican el IAS 21 para convertir el préstamo a su moneda funcional y reconoce en utilidad o pérdida cualquier diferencia de cambio resultante.

Al preparar sus estados financieros consolidados la entidad elimina todos los saldos intragrupo relacionados con el préstamo, reconociendo en utilidad o pérdida la diferencia de cambio en el préstamo.

Beneficios económicos derivados de usar una batería

[JOHN HUGHES] Recientemente IFRIC consideró un patrón de hechos que destaca que un propietario de baterías y un minorista de electricidad son participantes registrados en un mercado bruto de electricidad.

El IFRIC tentativamente concluyó que el minorista de electricidad tiene el derecho a obtener sustancialmente todos los beneficios económicos provenientes del uso de la batería, y que la contabilidad del arrendamiento es apropiada. La fecha límite para comentar sobre la decisión tentativa es noviembre 25, 2025. Al igual que muchos problemas que surgen de la tecnología y el comercio modernos, el análisis contable depende de la definición de una postura en relación con varios conceptos, tales como “control” y “beneficios económicos”, los cuales pueden ser distintivamente más fáciles de analizar en la economía del viejo mundo.

Sin cuestionar el análisis técnico del IFRIC, no estoy completamente convencido de que acuerdos financieramente complejos del tipo descrito arriba no se midan mejor a su valor razonable, con toda la volatilidad y revelación que ello conlleva.

Determinación y contabilización de los costos de transacción según el IFRS 9

[JOHN HUGHES] Tentativamente (abierta a comentarios hasta octubre 6), el IFRIC decidió no adicionar al plan de trabajo un proyecto de emisión-de-estándar relacionado con los costos de transacción incurridos antes de firmar un contrato de préstamo.

Este artículo analiza los distintos puntos de vista esbozados para respaldar los diferentes puntos de vista. Si bien concluye que la solución tomada por el IFRIC proporciona una manera bien establecida, de baja-tecnología, para tratar esas materias, la solución todavía no es definitiva.