[JOHN HUGHES] El IFRIC concluyó que las presentaciones que se describen en el patrón de hechos no son comunicaciones públicas para los propósitos de identificar una medida de desempeño definida-por-la-administración aplicando el IFRS 18, que los principios y requerimientos contenidos en el estándar proporcionan una base adecuada para que la entidad valore el problema, y que en este sentido no se necesita un proyecto de emisión-de-estándar.
En el tipo de situación que analiza este caso, donde la difusión está controlada de manera estrecha, con poca probabilidad de que otros participantes en el mercado encuentren o sean influenciados por el contenido de los materiales, revelación adicional parece innecesaria: entre otras cosas, quienes reciben presentaciones confidenciales de compañías privadas están en mejores condiciones para comunicarse directamente con la entidad sobre asuntos de interpretación o carencia de claridad.
