[SAMUEL MANTILLA] A raíz del articulo IFRS 18 & DISE. Desagregación de gastos en el estado de ingresos o en las notas: dos estilos de categorías, un mismo objetivo, esta es la respuesta a algunos comentarios.
¿La NIIF 18 y DISE son aplicables, en este momento, en Colombia y en América Latina? La respuesta puede ser sí, pero también puede ser no.
En Colombia, por ejemplo, la NIIF 18 todavia no ha sido incorporada en el ordenamiento jurídico contable del país y, en este sentido, no es legalmente obligatoria. Pero, por efectos prácticos, las empresas colombianas que reportan IFRS la están empezando a implementar para los reportes a casa matriz.
Igual sucede con DISE, para las empresas que reportan según los US GAAP a casa matriz.
