Determinación de los valores residuales

¡Esos vehículos no son una porquería!

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Por John Hughes – Determinación de los valores residuales, o: ¡Esos vehículos no son una porquería!

Documento original: Determining residual values, or: these autos ain’t lemons! [10-10-2026]

El IFRIC recientemente recibió una solicitud de la European Securities and Markets Authority (ESMA), citada en este blog en el pasado (la más reciente está aquí) por sus publicaciones periódicas de extractos de su base de datos de las decisiones que hacen forzoso el cumplimiento. Aquí está el patrón de hechos detrás de la resultante decisión tentativa de agenda emitida por el IFRIC:

  1. una entidad fabrica vehículos y los arrienda a sus clientes. El término del arrendamiento usualmente es de tres años, que es significativamente más corto que las vidas económicas de los vehículos. Al final del término del arrendamiento la entidad vende los vehículos arrendados.
  2. la entidad clasifica los contratos de arrendamiento como arrendamientos operacionales y reconoce los vehículos arrendados como propiedad, planta y equipo. La entidad mide los vehículos arrendados usando el modelo del costo contenido en el IAS 16 y los deprecia sobre una base de línea recta durante el término del arrendamiento.

La entidad determina el valor residual de un vehículo mediante estimar los ingresos por la disposición derivados de la venta futura del vehículo, haciéndolo sobre una base de vehículo-por-vehículo. ESMA preguntó si la entidad está requerida a reflejar los otros desarrollos futuros esperados (tales como el precio futuro esperado o las tendencias del mercado, o la inflación y otros factores macroeconómicos) en su estimado del valor residual de los vehículos arrendados. La solicitud opinó que: “dado el amplio uso de los valores residuales en industrias tales como la automotriz, envíos y aerolíneas, es probable que el problema planteado sea extendido y tenga efecto material en los afectados”. Observó: “Si bien los precios actuales a menudo incorporan ampliamente los desarrollos futuros esperados, incluyendo los cambios regulatorios y los cambios en la demanda del consumidor, ESMA observa que las estimaciones de los precios futuros usados bajo ciertas circunstancias difieren de manera importante de los ingresos esperados provenientes de la disposición en la fecha del balance general”.

El parágrafo 6 del IAS 16 define el valor residual de un activo como “la cantidad estimada que la entidad actualmente obtendría de la disposición del activo, después de deducir los costos estimados de disposición, si el activo ya estuviera en la edad y condición esperada al final de su vida útil”. La solicitud establece un potencial argumento de que usar los producidos de la disposición observables hoy cuando la contabilidad de la propiedad, planta y equipo no proporcionaría información relevante para los usuarios de los estados financieros estaría en conflicto con el propósito del IAS 16 (por ejemplo, si valores residuales futuros más bajos son casi ciertos debidos a cambios de política, tales como una prohibición futura ya promulgada a los motores de combustión, incrementos tributarios, etc.). También argumentó que, más que de manera imaginativa, dado que el IAS 16.6 tal y como está citado arriba se refiere a una “cantidad estimada”, el requerimiento no puede ser satisfecho usando un precio actual que pueda ser directamente observado, más que estimado. De los quince que respondieron a la solicitud de información del IFRIC, ocho dijeron que en la práctica ni observaron tales enfoques, ni fueron informados de ellos por los stakeholders.

El subyacente documento del personal particularmente no considero el mérito conceptual de esos argumentos, encontrando suficiente centrarse en que el término “actualmente obtiene”, enfatizando que refleja los otros desarrollos futuros esperados solo en la extensión que afecten la cantidad que la entidad actualmente obtendría de la disposición del activo; por ejemplo, cambios tecnológicos futuros que puedan hacer obsoleto al activo. El concepto no refleja otros desarrollos futuros esperados en la extensión que solo afecten precios futuros. Por lo tanto, el Comité tentativamente concluyo que los principios y requerimientos contenidos en el IAS 16 proporcionan una base adecuada para analizar el problema, y que para abordar la solicitud no se necesita un proyecto de emisión de estándar; la decisión está abierta para comentarios hasta el 30 de noviembre de 2026.

Eso puede ser razonable como conclusión técnica, pero a partir de los hechos proporcionados es difícil pensar que el enfoque rechazado es particularmente ofensivo en sus propios términos. El problema me recordó la paranoia en Canadá, durante los primeros días de la conversión hacia los IFRS, acerca de la “componentización” de propiedad, planta y equipo, suscitando el miedo al análisis sin fin de las maquinarias y edificaciones antiguas que sería requerido, independiente de que solo resultaría en ajustes carentes de sentido para las impenetrables cifras de la depreciación. Afortunadamente, no llegó a ser la pesadilla que algunos anticiparon (o que algunos prestadores de servicio de manera interesada podrían haber estado esperando que ocurriera) y, en la extensión en que conozco, los reguladores canadienses nunca se interesaron mucho por el problema. Dada la enorme cantidad de estimación involucrada no solo en la identificación de los componentes importantes, sino también en la determinación de la vida útil y el patrón de depreciación más apropiado durante esa vida, y dada la amplia conciencia que el usuario tiene de las limitaciones del cargo resultante, no estoy seguro de que se gane mucho de rechazar los enfoques alternativos bien razonados respecto del valor residual, especialmente si, como la información recopilada por el IFRIC sugiere, se observan con bastante frecuencia en la práctica. Uno espera que la decisión de agenda, si es finalizada en su forma actual, no resultaría en que muchas compañías tengan que incurrir en tiempo y esfuerzos importantes para que sus prácticas incurran en cumplimiento.

Las opiniones expresadas son solamente las del autor.

Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.

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