Intercambio de activos no-monetarios

[JOHN HUGHES] Se analiza un caso, todavía no resuelto por completo, de un intercambio de jugadores de fútbol.
Las perspectivas del emisor y de quien hace forzoso el cumplimiento son bastante diferentes: ¿Cada contrato debe ser contabilizado por separado o deben integrarse en uno solo? ¿Cuáles Estándares IFRS/NIIF de Contabilidad deben aplicarse y cómo?
Ud. puede opinar en la búsqueda de una solución a este caso. ¡No se quede sin opinar!

Más problemas con los ingresos ordinarios

[JOHN HUGHES] En relación con la contabilización de los impuestos basados-en-ventas, se pueden reconocer plenamente los desafíos y complejidades ocasionales, y la variedad en la práctica, al tiempo que también se observa que el IFRS 15 está funcionando bien en general, y que las compañías ahora deben tener un enfoque establecido para identificar y presentar los impuestos a las ventas, por imperfecto que pueda ser. Por lo tanto, el enfoque basado-en-principios para la emisión-del-estándar no solo justifica, sino que quizás incluso requiera, evitar cualquier elaboración adicional por parte del IASB.

Desagregación de ingresos ordinarios

[JOHN HUGHES] Como parte de sus actividades, la European Securities and Markets Authority (ESMA) organiza un foro de quienes hacen forzoso el cumplimiento, provenientes de 38 diferentes jurisdicciones europeas, todos los cuales llevan a cabo programas de monitoreo y revisión similares a los realizados por los Canadian Securities Administrators. ESMA recientemente publicó algunos extractos de su base de datos confidencial de decisiones que hacen forzoso el cumplimiento sobre los estados financieros, cubriendo doce casos surgidos en el período desde diciembre 2020 hasta enero 2023, con la intención de “fortalecer la convergencia supervisora y proporcionar a emisores y usuarios de los estados financieros información relevante sobre la aplicación adecuada de los IFRS”.

Ingresos ordinarios provenientes de acuerdos de colaboración

[JOHN HUGHES] Cuando IASB desarrolló el IFRS 15 en colaboración con FASB, decidieron que debe aplicar a solo un subconjunto de los ingresos ordinarios tal y como son definidos en la estructura conceptual (ingresos ordinarios provenientes de contratos con clientes) y que las otras formas de los ingresos ordinarios estarían fuera de su alcance.
En la definición de un cliente, la junta decidió que “no sería factible desarrollar orientación para la aplicación que aplicaría de manera uniforme a las diversas industrias dado que la naturaleza de la relación (i.e. proveedor- versus colaboración o asociación) dependería de los términos y condiciones específicos contenidos en esos contratos (y que) una entidad necesitaría considerar todos los hechos y circunstancias relevantes, tal como el propósito de las actividades realizadas por la contraparte, para determinar si la contraparte es un cliente”.